Créditos fiscales históricos
Los créditos fiscales fomentan la conservación y el uso continuado de los edificios históricos ofreciendo incentivos económicos para su rehabilitación. Trieu Law puede ayudarle con la planificación y las solicitudes del programa de créditos fiscales históricos.

Un crédito fiscal es una reducción directa, dólar por dólar, de la cantidad de dinero que un contribuyente debe pagar en impuestos durante un año determinado.
Por ejemplo, si un contribuyente debe 5.000 dólares en impuestos al Servicio de Impuestos Internos (IRS), pero tiene un crédito de 3.000 dólares, sólo paga 2.000 dólares. De este modo, se embolsa los 3.000 dólares que de otro modo pagaría en impuestos.
Un crédito es mucho mejor que una deducción, que se limita a reducir los ingresos del contribuyente y puede (o no) situarlo en un tramo impositivo inferior. Si un contribuyente obtiene más crédito del que puede utilizar en un solo ejercicio fiscal, puede arrastrar el crédito hasta 20 años y retroceder un año.
El crédito fiscal se calcula sobre el coste de renovación y restauración del inmueble histórico. (además de otros elementos, el coste de renovación no incluye el coste de adquisición de la propiedad, las nuevas adiciones o el paisajismo). Los créditos no están disponibles de forma automática; debe presentarse una solicitud antes de la finalización del proyecto.
El crédito fiscal federal del 20% para la rehabilitación histórica
El gobierno federal fomenta la conservación de los edificios históricos a través de varios medios. Uno de ellos es el programa de incentivos fiscales federales para apoyar la rehabilitación de edificios históricos y antiguos. El programa de incentivos fiscales para la conservación histórica es uno de los programas de revitalización comunitaria más exitosos y rentables del gobierno federal.
- El importe del crédito disponible en el marco de este programa es igual al 20% de los gastos subvencionables de su rehabilitación
- El crédito fiscal sólo está disponible para las propiedades que se utilizarán para un negocio u otro propósito que produzca ingresos, y una cantidad "sustancial" debe ser gastada en la rehabilitación del edificio histórico
- Su edificio debe estar certificado como estructura histórica por el Servicio de Parques Nacionales
- Las obras de rehabilitación tienen que cumplir con las normas de rehabilitación del Secretario del Interior, según lo determinado por el Servicio de Parques Nacionales
Estado de Luisiana 25% de crédito fiscal para la rehabilitación comercial
El crédito fiscal comercial estatal del 25% fue creado en 2002 por la Legislatura de Luisiana para fomentar la reurbanización de edificios históricos que producen ingresos en los distritos de desarrollo del centro de Luisiana.
En 2007, la legislación del programa de habilitación fue modificada para permitir que los edificios históricos situados en distritos culturales certificados sean elegibles para el programa.
El Programa de Crédito Fiscal Comercial del Estado del 25% es administrado conjuntamente por la División de Conservación Histórica de Luisiana y el Departamento de Ingresos de Luisiana.
La División de Preservación Histórica de Luisiana actúa como primer punto de contacto del solicitante y revisa las solicitudes para que cumplan con las Normas de Rehabilitación del Secretario del Interior; el Departamento de Ingresos de Luisiana revisa los costes del proyecto.
El crédito está disponible para aquellos edificios que producen ingresos y que son elementos que contribuyen a los Distritos de Desarrollo del Centro de la Ciudad o a los Distritos Culturales certificados. Los proyectos de rehabilitación deben superar los 10.000 dólares en gastos de rehabilitación cualificados y deben completarse de acuerdo con las Normas de Rehabilitación del Secretario del Interior. Una vez obtenidos, los créditos son totalmente transferibles y pueden ser transferidos hasta cinco años.
El programa de crédito fiscal comercial del Estado finaliza el 31 de diciembre de 2021. El crédito equivaldrá al 25% de los costes y gastos elegibles incurridos hasta el 31 de diciembre de 2017; el crédito bajará al 20% a partir del 1 de enero de 2018, independientemente del año en que se ponga en servicio la propiedad.
Estado de Luisiana 18,5% de crédito fiscal para la rehabilitación de viviendas
A partir del 1 de enero de 2006, los propietarios de viviendas pueden optar a un crédito fiscal de hasta el 18,5% contra sus impuestos estatales individuales cuando rehabiliten su casa histórica.
La propiedad debe ser la residencia principal del propietario. El Programa Estatal de Crédito Fiscal para la Rehabilitación de Viviendas anima a los contribuyentes a preservar y mejorar sus viviendas ofreciendo un crédito fiscal sobre los costes de rehabilitación asociados a las residencias que cumplan los requisitos del Programa.
Si se determina que la propiedad está vacía y arruinada y tiene al menos 50 años de antigüedad antes de la rehabilitación, el crédito es igual al 36%. El programa tiene un límite estatal de 7,2 millones de dólares en créditos totales por año y es efectivo hasta el 31 de diciembre de 2017. El crédito se concederá por orden de llegada.
Para este Programa, los créditos se calculan como un porcentaje de los gastos de rehabilitación elegibles. El crédito es igual al 18,5% de los gastos de rehabilitación elegibles, o al 36% de los gastos de rehabilitación elegibles si se determina que la propiedad está vacía y arruinada.
Si la estructura residencial es propiedad y está ocupada por dos o más personas, el porcentaje aplicable se basa en la suma de los ingresos brutos ajustados de todos los propietarios-ocupantes que contribuyen a la rehabilitación, y el crédito se dividirá entre los propietarios-ocupantes en proporción a su contribución a los costes y gastos elegibles, a menos que acuerden una división alternativa.
Los propietarios son responsables de mantener registros precisos que muestren los importes de las contribuciones.
Si el crédito se solicita sólo para una parte del edificio, como en el caso de una estructura de uso mixto, sólo podrán incluirse como parte de la estimación y de la contabilidad real de los gastos del proyecto los gastos de rehabilitación admisibles que puedan asignarse correctamente a esta parte. Esto se asigna sobre la base de un porcentaje de pies cuadrados.