EXENCIONES DE IMPUESTOS SOBRE EL PATRIMONIO FAMILIAR
El domicilio es la residencia propia y permanente. Una persona sólo puede tener un domicilio. Todo propietario de una vivienda puede reclamar una exención de impuestos sobre la propiedad por los primeros 75.000 dólares del valor de su domicilio o de la vivienda que ocupa como residencia principal, garantizada por la Constitución del Estado.
Para obtener más información sobre los impuestos sobre la propiedad y las exenciones de impuestos sobre el patrimonio familiar, a continuación encontrará los enlaces a los asesores fiscales de cada parroquia: